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Preguntas Frecuentes y Recursos
¿Qué es la ley de Carga Pública y que beneficios incluye?
Encuentre respuestas y recursos con información sobre esta y otras cuestiones relacionadas con la carga pública.
Preguntas frecuentes
Obtenga más información antes de tomar decisiones sobre los beneficios públicos para usted y su familia. Aquí hay algunas preguntas frecuentes para empezar:
P. ¿Qué son los beneficios públicos?
R. Los beneficios públicos son beneficios gubernamentales como alimentos, dinero en efectivo, vivienda y asistencia médica para personas con ingresos bajos o nulos. Los ejemplos incluyen SNAP (cupones de alimentos), Asistencia en Efectivo (asistencia de red de seguridad (SNA)/Asistencia Familiar (FA)), vivienda pública, Sección 8 y Medicaid.
P. ¿Qué es la “carga pública”?
R. La carga pública es una regla para algunas personas que solicitan la residencia permanente legal (tarjeta verde) o algunas otras visas para ingresar a los EE. UU. Afecta principalmente a las personas que solicitan la residencia con una petición familiar. Alguien que depende demasiado de los beneficios públicos podría ser considerado una "carga pública". Los funcionarios de inmigración pueden negar la solicitud si deciden que es probable que alguien se convierta en una carga pública. Toman en cuenta la salud, edad, ingresos, apoyo familiar/patrocinador, destrezas y educación de la persona, y si recibe ciertos beneficios públicos.
No todos quedan afectados por las reglas de carga pública, y la prueba no incluye todos los beneficios públicos.
P. ¿La regla de carga pública se aplica a todos los inmigrantes?
R. No. La regla no afecta:
- Ciudadanos estadounidenses o solicitantes de ciudadanía.
- Residentes permanentes legales (titulares de tarjeta verde). Nota: si un titular de una tarjeta verde abandona los EE. UU. durante un periodo de seis meses o más o con ciertas condenas penales, la regla de carga pública puede aplicarse cuando intente regresar.
- Personas que solicitan renovación de tarjeta verde, renovación de DACA, TPS, visas U o T, o estatus de refugiado, Estatus Especial de Inmigrante Juvenil (SIJ) o VAWA. Los solicitantes de asilo deben tener en cuenta ciertas preocupaciones especiales.*
- Personas que tienen visa U o T o estatus VAWA , incluso si solicitan una tarjeta verde a través de una petición basada en la familia.
- Personas que solicitan una tarjeta verde basada en una visa U o T, estatus especial de inmigrante juvenil, VAWA o asilo/estatus de refugiado.
*Las personas que recibieron beneficios como solicitantes de asilo pero que terminan solicitando la residencia permanente legal (una tarjeta verde) a través de una petición basada en la familia en lugar de como asilado (ya sea porque su solicitud de asilo fue denegada o decidieron presentar la solicitud a través de una petición basada en la familia antes de que su solicitud de asilo fuera aprobada) deben tener en cuenta: Cualquier beneficio que reciban mientras sean solicitantes de asilo puede contarse en la prueba de carga pública.
Existen otros estatus migratorios menos comunes que no se ven afectados por la regla de Carga Pública.
P. ¿La regla de carga pública incluye todos los beneficios públicos?
R. No. Muchos beneficios no están incluidos en la regla de carga pública. Vea la lista de beneficios a continuación.
El uso de estos beneficios no afectará la prueba de carga pública:
- Programas de Medicaid (excepto los beneficios de atención a largo plazo institucional o de hogares de ancianos)
- Inscripción y atención médica del Plan Esencial
- SNAP (cupones de alimentos)
- Vivienda pública/subvenciones a la vivienda
- “Acuerdos únicos” (One-Shot Deals) para el pago de alquileres atrasados
- WIC (Programa especial de nutrición suplementaria para mujeres, bebés y niños)
- Medicare
- Ayuda en caso de desastre
- Programas nacionales de almuerzos o desayunos escolares
- EBT de verano
- Cuidado de crianza y adopción
- Head Start
- Programa de Seguro Médico para Niños (CHIP), conocido como Salud para Niños Plus [Child Health Plus] (CHP) en Nueva York
- Programa de asistencia para medicamentos contra el SIDA (ADAP)
- Crédito fiscal para primas en virtud de la ACA (Estado de Salud de Nueva York)
- NYC Care (solo en la ciudad de Nueva York)
- Crédito fiscal por ingresos del trabajo (EITC) o crédito fiscal por hijos
- Pruebas, tratamiento y vacunación contra la COVID-19
En la prueba de carga pública solo se incluyen estos beneficios:
- Asistencia en efectivo para el mantenimiento de ingresos
- Ingreso de Seguridad Suplementario (SSI)
- Asistencia en efectivo, incluida la Asistencia de Red de Seguridad (SNA) y la Asistencia Familiar (FA) / Asistencia Temporal para Familias Necesitadas (TANF)
- Atención médica a largo plazo en una institución, como un hogar de ancianos o un hospital psiquiátrico, paga por el gobierno.
Los inmigrantes con preguntas adicionales deben hablar con un abogado.
P. ¿Qué pasa si algunas personas de mi familia reciben beneficios públicos y otras no?
R. La regla de carga pública se centra en la persona que solicita una tarjeta verde a través de una petición basada en la familia.
La regla de carga pública solo considera los beneficios que la persona que solicita la tarjeta verde recibe y para los que es elegible. No considera los beneficios utilizados por sus familiares.
P. ¿Qué pasa si alguien va a tener una entrevista en el consulado? ¿Cómo les afecta la carga pública?
R. Las reglas para los que van a entrevistar en los consulados deben ser igual que las reglas para los que tienen su entrevista en las oficinas de (inmigración) U.S.C.I.S.
P. ¿Cómo sé si los beneficios públicos o la carga pública podrían afectar mis opciones de inmigración?
R. Use laguíade carga pública para aprender más sobre distintas situaciones.
P. ¿Soy elegible para recibir beneficios del gobierno?
R. Cada beneficio tiene reglas distintas sobre el nivel de ingresos y la condición migratoria. Si necesita ayuda para conseguir alimentos, cuidado de salud, dinero en efectivo o vivienda para usted y su familia.
P: ¿El estado de Nueva York ha ampliado quiénes son elegibles para recibir Asistencia en Efectivo desde que salió la norma actual de carga pública?
R: Sí. Nueva York amplió la elegibilidad para recibir Asistencia en Efectivo a varias categorías de no ciudadanos, incluidas las personas que están sujetas a la prueba de carga pública.
P: Según las reglas actuales, ¿quién es elegible para recibir Asistencia en Efectivo y también está sujeto a la prueba de carga pública?
R: La categoría principal de no ciudadanos que son elegibles para recibir Asistencia en Efectivo y están sujetos a la prueba de carga pública son los solicitantes de estatus LPR/tarjeta verde con una petición familiar pendiente (I-485). Además, las personas en cuyo nombre se ha aprobado una petición de familiar inmediato (I-130) son elegibles para recibir Asistencia en Efectivo. Suponiendo que sigan adelante y soliciten el estatus LPR/una tarjeta verde, enfrentarán una prueba de carga pública. Por último, los solicitantes de asilo son elegibles para recibir Asistencia en Efectivo. Nunca estarán sujetos a una prueba de carga pública si solicitan la residencia permanente legal (tarjeta verde) como asilado. Sin embargo, si la solicitud de asilo es rechazada o deciden solicitar el estatus LPR/una tarjeta verde a través de una petición familiar antes de que su solicitud de asilo sea aprobada, enfrentarán una prueba de carga pública. En esta circunstancia, la Asistencia en Efectivo que recibieron mientras eran solicitantes de asilo sería tratada negativamente en la prueba de carga pública, pero la cantidad de Asistencia en Efectivo y la duración de la recepción, y/o la recepción anterior de estos beneficios por sí solas no serán una base suficiente para determinar si la persona es una carga pública. Vea la siguiente pregunta y respuesta.
P: ¿Una persona en riesgo será considerada automáticamente una carga pública por el hecho de recibir Asistencia en Efectivo?
R: No. Recuerde, se considera la totalidad de las circunstancias. No existe ninguna regla que establezca que la recepción de Asistencia en Efectivo signifique que alguien será automáticamente considerado una carga pública. La guía actual sobre carga pública del USCIS explica: https://www.uscis.gov/archive/public-charge-0
P: ¿La recepción actual y/o pasada de beneficios públicos implica automáticamente que un solicitante pueda convertirse en una carga pública en cualquier momento?
R: No. USCIS considera la recepción actual y/o pasada de asistencia pública en efectivo para el mantenimiento de ingresos y la institucionalización a largo plazo a expensas del gobierno en la totalidad de las circunstancias, tomando en cuenta la cantidad la duración y la recencia de la recepción de asistencia. La recepción actual y/o pasada de estos beneficios por sí sola no es base suficiente para determinar que es probable que un solicitante se convierta en cualquier momento en una carga pública.
La recepción pasada o actual de asistencia pública en efectivo para el mantenimiento de ingresos y la institucionalización a largo plazo a expensas del gobierno es solo un factor que consideramos en la totalidad de las circunstancias; otros factores incluyen los factores mínimos legales (edad; salud; estado familiar; bienes, recursos, estado financiero; educación y habilidades) y la Declaración Jurada de Apoyo según la Sección 213A de la INA, si se requiere.
USCIS no encontrará a un solicitante inadmisible por el motivo de carga pública únicamente en base a la discapacidad del solicitante.
P: ¿El estado de Nueva York ha ampliado quiénes son elegibles para recibir Medicaid desde que salió la regla actual de carga pública?
R: Sí. Los no ciudadanos indocumentados que tienen 65 años o más ahora son elegibles para Medicaid a través del estado de Nueva York. Las personas que reciben Medicaid no están sujetas a carga pública a menos que reciban atención institucional a largo plazo financiada por el gobierno.
P: ¿Las formas de asistencia para la vivienda como FHEPS (Suplemento para la prevención de desalojos y personas sin hogar) y CityFHEPS cuentan en una prueba de carga pública?
R: La ayuda para el alquiler en sí no cuenta. Sin embargo, un hogar debe recibir Asistencia en Efectivo para recibir FHEPS, y la recepción de Asistencia en Efectivo si cuenta. Para CityFHEPS, no todos necesitan recibir Asistencia en Efectivo para ser elegibles. Solo las personas que son elegibles para recibir Asistencia en Efectivo necesitan recibir Asistencia en Efectivo para ser elegibles para CityFHEPS. Si un hogar receptor de CityFHEPS recibe Asistencia en Efectivo, la recepción de Asistencia en Efectivo contaría en una prueba de carga pública. Pero recuerde, como se indicó anteriormente, la cantidad del beneficio y la duración de la recepción o recepción anterior de Asistencia en Efectivo no significa que una persona será automáticamente considerada una carga pública.
Buscar ayuda: vaya a la lista de proveedores, ingrese su código postal y obtenga ayuda legal.
Más Recursos
Aquí puede obtener más información de nuestros socios en Protegiendo Familias Inmigrantes (Protecting Immigrant Families), el Estado de California y otros expertos:
¿Los beneficios públicos afectan las opciones de inmigración? Utilice la Guía para averiguarlo.